Con fecha 21 de septiembre de 2019, fue aprobado en el Pleno Extraordinario del Consejo General de Graduados e Ingenieros Técnicos Industriales de España – COGITI, el nuevo Reglamento regulador del ejercicio de la Profesión de Ingeniero Técnico Industrial.
Dicho Reglamento es de aplicación a los profesionales de la Ingeniería Técnica Industrial que ejerzan por cuenta propia o ajena, en el sector privado o en el sector público, en las siguientes actuaciones:
- En todas las que sean exigibles para su realización las atribuciones legalmente establecidas para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Industrial.
- En todas las que pudiendo ser realizadas sin exigencia de tener atribuciones legales de Ingeniero Técnico Industrial, el profesional las lleve a cabo con el aval de su condición de Ingeniero Técnico Industrial; ya sea mediante documento firmado o actuación de hecho, incluidas las realizadas por los profesionales por cuenta ajena, aunque las mismas sean de carácter exclusivamente interno de la empresa empleadora.
Descargar el Reglamento en el siguiente enlace.